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Estas son las sanciones a las que se arriesga el Barcelona por el ‘Caso Negreira’

Tras semanas de especulaciones sobre las consecuencias que podría traer el escándalo arbitral que salpica al F.C. Barcelona, la UEFA se pronunció finalmente ayer, anunciando que abría una investigación al club catalán por el denominado ‘Caso Negreira’.

Más de un año de investigación sobre los turbios pagos del Barça al expresidente del CTA, José María Enríquez Negreira, que suman más de siete millones de euros a lo largo de 17 años, han acabado desembocando en una denuncia en toda regla en los Juzgados de Barcelona en el que la Fiscalía acusa al F.C. Barcelona de falsedad en documento mercantil, administración desleal y corrupción en los negocios en modalidad de fraude deportivo.

A lo largo de los últimos días se han ido conociendo nuevos detalles del mayor escándalo del fútbol español en años. A pesar de todos los indicios y la acusación de la propia Fiscalía de Barcelona y el hecho de que se hayan personado como acusación particular la Federación Española de Fútbol, LaLiga, el Real Madrid o el CSD (Consejo Superior de Deportes), Javier Tebas anunció que no iban a poder aplicar sanciones porque los posibles delitos habrían prescrito al haber superado el plazo recogido en la Ley del Deporte (tres años) desde el último pago efectuado al que fuera número dos del arbitraje español durante más de dos décadas.

Sin embargo, desde la UEFA sí que se plantean castigar deportivamente al club que preside Joan Laporta. Según anunció este jueves, sobre el equipo catalán planea una posible sanción que les impediría participar en competiciones europeas por un periodo indeterminado, mínimo por una temporada, si se entiende que ha transgredido las reglas éticas establecidas en el Reglamento Disciplinario, lo que supondría un enorme perjuicio tanto económico como deportivo al F.C. Barcelona.

Como primera medida, se ha abierto un periodo de investigación en aras de concluir si el Barcelona ha roto el marco legal, solicitando a las partes más documentación que les ayude a tomar una decisión al respecto.

El máximo organismo deportivo del fútbol europeo se basa en los artículos 4.2 y 4.3 del reglamento para afrontar este caso, y cuenta con la autoridad necesaria para excluir a aquellos equipos que se demuestre que han infringido dicha normativa: «Si, sobre la base de todas las circunstancias de hecho y de la información de que dispone, la UEFA concluye a su entera satisfacción que un club ha estado implicado directa y/o indirectamente, desde la entrada en vigor del apartado 3 del artículo 50 de los Estatutos de la UEFA, es decir, el 27 de abril de 2007, en cualquier actividad dirigida a organizar o influir en el resultado de un partido a nivel nacional o internacional, la UEFA declarará a dicho club no elegible para participar en la competición», determina en su primer punto.

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Por otro lado, a nivel nacional, a pesar de no poder aplicarse sanciones deportivas por la normativa de la Ley del Deporte, sí que se podría aplicar la vía penal. A pesar de ser una opción que es difícil que se se acabe aplicando, podría suponer severas penas para el Barcelona.

Posibles sanciones penales

Sin embargo, es más probable que las sanciones lleguen desde la vía penal, que es la que se está investigando en los juzgados. Esta, aunque no es la opción más probable, sí que podría acarrear duros castigos al Barcelona que comprometerían incluso su futuro.

Según el artículo 33.7 del Código Penal, estas son las posibles sanciones a las que se arriesga el club presidido por Joan Laporta:

  • Disolución de la persona jurídica.

  • Suspensión de sus actividades por un plazo que no podrá exceder de 5 años.

  • Clausura de sus locales y establecimientos por un plazo que no podrá exceder de 5 años.

  • Prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito. Esta prohibición podrá ser temporal o definitiva. Si fuese temporal, el plazo no podrá exceder de 15 años.

  • Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social, por un plazo que no podrá exceder de 15 años.

  • Intervención judicial para salvaguardar los derechos de los trabajadores o de los acreedores por el tiempo que se estime necesario, que no podrá exceder de 5 años.

Por tanto, los azulgranas podrían recibir sanciones penales y tributarias, pero no deportivas a nivel nacional.

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