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Internacional

La Audiencia Nacional estrena la doctrina del Supremo y suspende el tercer grado de dos etarras

El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha ordenado el reingreso en prisión de los etarras Xabier Atristrain y Juan Manuel Inciarte que a principios de mes fueron progresados al tercer grado por la administración penitenciaria vasca, en aplicación de la reciente doctrina del Tribunal Supremo que impone suspender la semilibertad cuando concurra recurso de la Fiscalía, como es el caso en ambos expedientes.

Según anunció el colectivo de familiares de presos terroristas de ETA Etxerat y confirmó este diario en fuentes jurídicas, se trata de la primera vez que la Audiencia Nacional aplica esa nueva doctrina del Tribunal Supremo dictada el pasado mes de diciembre a la luz de dos resoluciones de la Audiencia Provincial de Barcelona. Lo que fijó es que en caso de delitos graves, el recurso de la Fiscalía paralice la excarcelación en tanto se resuelve el caso.

Desde entonces, la Fiscalía de la Audiencia Nacional había estado registrando escritos en el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria para instar la suspensión de todos los terceros grados a etarras concedidos por el País Vasco y sobre los que aún no se habían resuelto los recursos.

Lo que apreciaba el fiscal es que se estaba dando la circunstancia de que presos de ETA disfrutan de meses en semilibertad para que al final se acabe declarando que la progresión no se ajusta a derecho. En la actualidad, de hecho, hay una decena de recursos contra otras tantas progresiones de grado que no se han revertido.

Sin embargo, la Fiscalía no ha tenido éxito en sus pretensiones pues la respuesta que ha venido recibiendo de la Audiencia Nacional es que no se puede aplicar el criterio del Supremo con efectos retroactivos, en tanto que perjudiciales para el reo.

Ahora se trata de un escenario distinto. El País Vasco concedió el tercer grado a Atristrain e Inciarte a principios de este mes y el recurso directo contra la decisión, que el fiscal considera que no se ajusta a derecho, ha tenido efectos suspensivos por lo que ambos han tenido que reingresar en prisión y en régimen de segundo grado.

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Tercer grado de ida y vuelta

En el caso de Atristrain, célebre por una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que impuso al Supremo revisar su sentencia -si bien sin efectos prácticos-, cumple una condena acumulada de 17 años de cárcel por delitos de depósito, ocultación y traslado de material explosivo, así como por asociación ilícita, con fines terroristas. No tiene, así, delitos de sangre.

Se encuentra en prisión desde mayo de 2014 y en 2022 progresó a tercer grado pero la Fiscalía lo recurrió y el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria ordenó que volviese a vivir dentro de la cárcel. Ahora disfruta de permisos y se le había vuelto a conceder el tercer grado, pero de nuevo un recurso lo ha paralizado.

Mientras, Inciarte sí tiene víctimas mortales en su haber. Fue condenado por uno de los atentados más crueles del comando Vizaya, los asesinatos del teniente de la Policía Nacional Julio Segarra y de un cabo y su mujer embarazada en un garaje en Bilbao, el 4 de mayo de 1983.

Inciarte, cuyo papel fue custodiar al hombre al que robaron el vehículo para perpetrar el ataque, cumple una condena de 25 años de prisión y está en la cárcel en España desde el año 2009.

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