Internacional
Dardo velado de Llop a Montero tras el desencuentro por el ‘solo sí es sí’: «Nosotros construimos leyes, no relatos»

Levan dos meses negociando, pero las ministras de Justicia e Igualdad, Pilar Llop e Irene Montero, la primera de la parte socialista de la coalición del Gobierno y la segunda número dos de Unidas Podemos, no han llegado a un punto de encuentro sobre la manera de actuar ante las excarcelaciones fruto de la entrada en vigor de la ley del ‘solo sí es sí’.
Así se ha puesto de manifiesto este lunes, cuando el Grupo Socialista en el Congreso de los Diputados ha presentado en solitario su propia iniciativa para reformar la norma. Tanto el portavoz parlamentario, Patxi López, como la secretaria de Igualdad del PSOE, Andrea Fernández, han puesto particular énfasis en defender la norma, formalmente la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, como «pionera», «necesaria» e incluso, en palabras de Fernández: «Muy buena».
La propia Llop ha asegurado este lunes, en un indudable dardo velado a la ministra de Igualdad, que el Gobierno «construye leyes, no relatos». Y ha añadido tajante: «Los jueces aplican leyes, no relatos. Y lo que cambia la vida de la gente son las leyes, no los relatos». Fuentes de Justicia detallan no sin cierto resquemor, en contraposición al discurso público de Igualdad y de Podemos, que la violencia ejercida sobre una mujer que no ofreció consentimiento para una relación sexual debe ser probada, como siempre ocurre, subrayan, en cualquier proceso judicial.
Eso sí, aseguran que con esta nueva ley, cuando se prueba que ha existido esa violencia sobre al víctimas ya no es necesario probar que no hubo consentimiento, lo que consideran uno de los avances de la norma, que se elaboró antes de la llegada de Llop al ministerio, cuando ejercía como titular de la cartera el hoy magistrado del Tribunal Constitucional, Juan Carlos Campo.
Las modificaciones del PSOE
Las modificaciones que plantea el PSOE, que sólo afectan al Código Penal, pasan por elevar las penas mínimas cuando concurran esas circunstancias de violencia, intimidación y/o anulación de la voluntad de la víctima pero no alteran el esquema de la ley del ‘sólo sí es sí’ en tanto que define agresión sexual como la que concurre cuando no hay consentimiento.
Así, se seguirá considerando a efectos penales que es agresión sexual todo acto «que se realice empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad de la víctima, así como los que se ejecuten sobre personas privadas de sentido o de cuya situación mental se abusare» o cuando la víctima tiene «anulada» su voluntad.
La diferencia es que esa violencia o intimidación que ya recogía la definición del tipo penal, ahora agrava las condenas: la actual ley prevé para estos ilícitos de uno a cuatro años de cárcel y en la propuesta del PSOE, el máximo sube a cinco años de prisión si se da alguno de esos elementos.
Este es no obstante el tipo básico, al que se van añadiendo agravantes. Es ahí donde se centra el núcleo de las modificaciones. La ley actual contempla de cuatro a doce años si la agresión sexual lo es con acceso carnal de cualquier tipo. El PSOE respeta este artículo pero introduce uno nuevo de manera que si concurren esa violencia, intimidación o anulación de la voluntad de la víctima, la mínima sería ya de seis años.
Lo mismo ocurre con las conductas agravadas. Actualmente se contemplan de dos a ocho años de cárcel para el delito de agresión sexual si se dan una serie de circunstancias (sumisión química, agresión en grupo, uso de armas, etcétera). El PSOE añade una escala: que suban las penas de cinco a diez años si dándose alguna de estas circunstancias, concurren además violencia, intimidación y/o anulación de la voluntad de la víctima. El tramo mayor, que la ley del ‘sí es sí’ fija entre siete y quince años cuando esos agravantes lo sean sobre una agresión con acceso carnal, se mantiene en su redacción actual.
También suben los mínimos en los delitos sexuales perpetrados sobre menores de edad. En la ley actual, se imponen de seis a doce años de prisión por la agresión, y de diez a quince si hay acceso carnal. La propuesta del PSOE eleva a ocho años de cárcel el punto de partida en el delito básico de agresión sexual y hasta doce en el que castiga la agresión con penetración. Los máximos se mantienen y al igual que con el ‘sólo sí es sí’ las penas se podrán aplicar en la mitad superior si concurren las mencionadas circunstancias agravantes.