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La Audiencia de Vizcaya acuerda revisar de oficio todas las condenas afectadas por la ley de ‘solo sí es sí’

La Audiencia Provincial de Vizcaya considera que «procede» revisar de oficio las sentencias firmes que puedan estar afectadas por la nueva Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como ‘ley del solo sí es sí’. Así consta en el acta de la reunión que han celebrado hoy los magistrados de las tres salas de lo penal y a la que ha tenido acceso este periódico. Según este mismo texto, la única excepción serán «las condenas en las que se haya acordado las suspensión de la ejecución de la pena».

Además, los magistrados creen que «ante la ausencia de norma transitoria en la nueva ley», no procederá la «aplicación extensiva» de una norma transitoria prevista en otra ley. Es decir, no se podrán aplicar disposiciones adicionales que intenten enmendar la ley para evitar la revisión de las penas.

En cuanto a la forma de tramitar las revisiones de las penas, la Junta de Magistrados ha acordado que deberá realizarse «caso por caso». Siempre se dará, además un «traslado conjunto a las partes» para que se pronuncien acerca de la revisión de la condena y se procurará, en todo caso, «evitar» a la víctima «trámites inútiles que le puedan perjudicar».

20 expedientes encima de la mesa

La decisión de la Audiencia de Vizcaya decidía reunir a sus tres secciones penales este viernes para proceder de manera unificada a la espera de que el Tribunal Supremo fije doctrina. En la actualidad los tribunales vascos atienden ya 20 peticiones de rebaja de penas a delincuentes sexuales, ocho de ellos en los juzgados de Bilbao.

Ha sido precisamente esa rápida sucesión de expedientes la que ha precipitado la reunión que se ha celebrado a primera hora de la mañana de este viernes. Por su parte, la Audiencia Provincial de Guipúzcoa ha convocado un encuentro de similares características para el próximo 1 de diciembre. En el caso de Álava no será necesario porque solo dispone de una sala de lo penal.

Con Vizcaya son ya cuatro las audiencias provinciales de España que han analizado la forma de proceder ante la avalancha de recursos. Hasta ahora las decisiones han seguido disparidad de criterios. En La Rioja han optado por seguir el criterio de La Fiscalía y aplicar el Código Penal de 1995 ante la ausencia de una disposición transitoria en la nueva normativa. Los jueces cántabros, consideran, sin embargo, que no es posible acogerse a ese supuesto. En Zaragoza, al igual que en Vizcaya, han acordado también revisar de oficio las sentencias que se puedan ver afectadas por el cambio legislativo.

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