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Tres envites y un órdago para acabar con la impunidad de ETA

Madrid Actualizado: Guardar

La asociación de víctimas Dignidad y Justicia (DyJ) abandera una triple ofensiva legal con un objetivo: sentar en el banquillo a todos los etarras con alguna responsabilidad en los crímenes terroristas que siguen total o parcialmente impunes porque han prescrito o porque sólo se ha condenado a los autores materiales, pero no a sus superiores. Un órdago complicado, pues esa impunidad etarra se aprovecha de la legalidad vigente, que ha permitido a los jefes de ETA no responder por los crímenes de sus comandos o que prescriban los cometidos en las dos últimas décadas de la banda (1990-2010). Revertir todo ello implica un cambio de paradigma legal y judicial que, como reconoce DyJ, no es fácil. Pero sí posible y necesario.

Esta asociación ha desplegado una estrategia ante la Justicia española y las instituciones europeas que se apoya en tres pilares: la autoría mediata por dominio, la imprescriptibilidad y la lesa humanidad. Conceptos que suenan complejos para los profanos, pero que tienen una traducción muy sencilla.

La autoría mediata alude a la responsabilidad de cualquier persona en un delito que no ha cometido materialmente, pero en el que sí ha participado de forma decisiva, como hacían los sucesivos comités ejecutivos -‘zubas’ en el argot etarra- de la banda. Al ser una organización muy jerárquica, es obvio que los comandos no atentaban sin permiso o conocimiento de sus jefes. Por eso DyJ apunta a todos los miembros de las distintas cúpulas y mandos intermedios de ETA por los atentados bajo su mandato, lo que encajaría en la figura de la autoría mediata por dominio, en alusión a esa relación dominante y de superioridad que tenían sobre los que apretaban el gatillo o el detonador.

La Audiencia Nacional ya ha aceptado esta tesis para reabrir seis causas judiciales por atentados de ETA, la mayoría en las dos últimas décadas: los de la Terminal 4 de Barajas (Madrid) en 2006, Sangüesa (Navarra) en 2003, Santa Pola (Alicante) en 2002 y contra el magistrado José Francisco de Querol en la capital en 2000, que suman diez asesinatos. Los otros dos son los de los populares Gregorio Ordóñez en 1995 y Miguel Ángel Blanco en 1997. Y tiene pendiente pronunciarse sobre el séptimo, el de la comisaría de Ondarroa (Vizcaya) en 2008.

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La segunda clave es acabar con la impunidad de cientos de etarras que se benefician de la prescripción, la figura que extingue definitiva y completamente cualquier responsabilidad de un asesinato terrorista pasados 20 años. Esta apuesta de DyJ explora dos vías. La primera, con un alcance parcial para que no prescriban los crímenes de ETA entre 1990 y 2010, las dos últimas décadas en las que la banda siguió matando. ¿Por que esos años? Porque es desde 2010 cuando el Código Penal, ya en la recta final del Gobierno de Zapatero, considera que los asesinatos terroristas son imprescriptibles. Una medida más efectista que eficaz contra ETA, porque en la práctica no afecta a ninguno de sus atentados mortales, ya que el último lo cometió en Francia nueve meses antes.

Y es que ese Gobierno socialista dejó fuera de la no prescripción casi 200 crímenes de ETA durante los 20 años anteriores a la entrada en vigor de esta reforma, a pesar de que, según DyJ, los convenios europeos de Imprescriptibilidad y Derechos Humanos permitían incluir esos crímenes en esta reforma del Código Penal. Pero no se hizo y eso ha permitido que prescriban o lo hagan en breve hasta 198 asesinatos de ETA, de los cuales en 55 ni siquiera se ha juzgado a los autores materiales. Por eso esta asociación intenta que la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo se pronuncien sobre la no prescripción de todos esos crímenes entre 1990 y 2010 para juzgar a los autores materiales y sus superiores.

La tercera clave es la versión ampliada de la anterior: conseguir que todos los crímenes de ETA sean considerados de lesa humanidad y, en consecuencia, que no caduque ninguno, no sólo los de sus dos últimas décadas. La dificultad estriba en que esa figura se incorporó a la legislación española en 2004 y la Constitución impide aplicar una norma de forma retroactiva cuando perjudica al reo, en este caso a los etarras.

Desde 1978

DyJ sostiene que, con la Carta Magna y otras normas internacionales en la mano, la lesa humanidad también afecta a los asesinatos terroristas anteriores a 1990. Entre otras cosas porque, de lo contrario, los españoles habrían estado un cuarto de siglo -desde que se aprobó la Constitución en 1978 hasta la reforma del Código Penal en 2004- sin amparo legal contra los crímenes más graves, como son los de lesa humanidad. De prosperar esta tesis, permitiría reabrir y perseguir cualquier atentado de ETA en democracia, que arrancó con esa misma Constitución Española de 1978 en la que se apoya este tercer argumento. Algo que, según cálculos de DyJ, podría llevar al banquillo a un centenar de etarras, incluida una treintena de jefes y mandos intermedios de la banda, por su responsabilidad directa o mediata en numerosos atentados que no han sido resueltos por completo.

También aquí Dignidad y Justicia ha sumado otro avance, aunque en el plano institucional, no judicial. El Parlamento Europeo aprobó la semana pasada un informe en el que, entre otros planteamientos, comparte la necesidad de explorar todas las vías en la legislación española para que los crímenes de ETA sean de lesa humanidad. En definitiva, tres envites para un órdago a la impunidad de unos etarras que no han pagado por todos los crímenes que cometieron durante décadas en la España democrática.

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